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¿Policías implicados en caso Chochó son culpables?

Tras varias horas de audiencia de imputación de cargos en contra de los policías señalados de haber participado en la retención ilegal y posterior asesinato de los jóvenes Jesús David Díaz, José Carlos Arévalo y Carlos Alberto Ibáñez para presentarlos como miembros del Clan del Golfo en el corregimiento de Chochó, Sincelejo, Sucre, ninguno aceptó las acusaciones formuladas por la Fiscalía General de la Nación.

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El ente acusador entregó nuevos detalles sobre el crimen, haciendo una descripción cronológica de cómo ocurrieron los hechos. La conclusión a la que se llegó fue que el principal responsable fue el coronel Benjamín Núñez, pero esta vez se reveló que los jóvenes recibieron agresiones con objetos contundentes e incluso armas blancas.

“Las víctimas fueron objeto de agresiones y padecimientos por heridas con elementos contundentes y arma blanca por parte de policías adscritos a la dirección de Infancia y Adolescencia del Departamento”, señaló la Fiscalía.

Uber Guillermo Mieles Arroyo, Diana Marcela Puerta Rodríguez, Bernardo Portón Mercado y Leila Carolina Ávila Pestana, policías adscritos a la policía de infancia y adolescencia, fueron quienes detuvieron a Jesús David Díaz y José Carlos Arévalo en la T que conduce a Sincelejo, a donde se dirigían porque el primero estaba herido en una pierna, sobre las 5:11 de la tarde.

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Allí llegó el joven Carlos Alberto Ibáñez, quien también fue detenido, y todos señalados por los policiales como miembros del Clan del Golfo que habían participado del homicidio de un patrullero a 12 kilómetros de allí, casi una hora antes, por lo que procedieron a retenerlos.

La Fiscalía señaló que los jóvenes no opusieron resistencia, pero los policías los golpearon y los sometieron en el piso. “Contrario a garantizar su integridad y salvaguarda, contribuyen a golpearlos nuevamente para causarles dolor y sufrimientos graves, con el ánimo de castigarlos al relacionarlos sin fundamento alguno con la muerte del patrullero Diego Felipe Ruiz Rincón. Ustedes aumentaron deliberadamente e inhumanamente sufrimientos a las víctimas, causando padecimientos innecesarios con elementos contundentes y armas blancas”, sostuvo el ente acusador.

Los uniformados de infancia y adolescencia, en medio de la golpiza, pidieron por radioteléfono apoyo a otras unidades y al sitio llegó la subteniente María Camila Buriticá Valencia, comandante del CAI la Ford de Sincelejo, quién llegó junto a Jesús María Bolaño Castro, conductor de la camioneta, Rafael Paz Barbosa y Santiago Garavito, ambos escoltas.

Luego llegó en una Nissan Frontier 550837 con logos oficiales el teniente coronel Benjamín Darío Núñez, como comandante operativo de la Policía de Sincelejo. Su vehículo asignado lo conducía Yamit Alfonso Henao Araque y Álvaro Antonio Álvarez Ricardo, el escolta.

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Los jóvenes fueron subidos a la camioneta de la subteniente, de número 550840, la conducía Bolaño y Buriticá, se subió de copiloto; en el platón, Garavito y Paz; luego se subió Benjamín Núñez y otro funcionario que no fue identificado por la Fiscalía.

Para el ente acusador, al no haber pruebas contra los jóvenes, su detención fue una privación de la libertad que excedió sus funciones y fue una acción ilegal. Los jóvenes iban “sumamente golpeados, pero con vida”, insistió el fiscal delegado, uno de ellos amarrado y otro con una lesión antigua. La camioneta tomó la vía hacia Corozal, aunque había otra más rápida hacia Sincelejo, porque era más sola.

La camioneta llegó a la Clínica María Reina a las 6:17 de la tarde (una hora después de la retención), pero con los jóvenes ya sin vida. En todo el trayecto, la camioneta en la que se cometió el crimen fue escoltada por el vehículo oficial 550837, de Núñez, pero ni Henao que conducía ni Álvarez que iba de copiloto intercedieron para evitar que su jefe matara a los jóvenes.

La Fiscalía reprochó que tampoco denunciaron después ese accionar. Además, las pruebas indican que ese mismo día Jesús María Bolaño contrató un tercero, latonero, para tapar los agujeros de la camioneta que produjeron los disparos que acabaron con la vida de las víctimas. Por esa razón, la Fiscalía no pudo encontrar esa evidencia cuando realizaron las inspecciones que realizaron los agentes del CTI al vehículo.

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Buriticá Valencia, Bolaño Castro, Paz Barbosa y Garavito Díaz fueron imputados con los delitos de homicidio agravado en calidad de coautor y privación de la libertad. Álvarez Ricardo y Henao Araque fueron imputados por los delitos de favorecimiento y privación de la libertad; mientras que Mieles Arroyo, Puerta Rodríguez, Portón Mercado, Ávila Pestana fueron acusados de tortura y privación de la libertad.

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