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¿Lo pueden obligar a tomar vacaciones así no quiera descansar?

Todo trabajador, que tenga un contrato laboral, tiene derecho a un periodo de vacaciones, que debe ser de 15 días consecutivos o al menos tomar seis durante el año.

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Esta reglamentación se encuentra registrada en el Código Sustantivo del Trabajo, en su artículo 186, en donde se anota todo lo relacionado con los derechos y deberes de los trabajadores colombianos.

Ya que se acercan fechas en las que muchos trabajadores buscan descansar a lado de su familia, tenga en cuenta que en algún momento deberá tomar este descanso remunerado y que de no hacerlo se acumulará.

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Por cada año que el trabajador cumpla en el trabajo tendrá el derecho de tomar 15 días consecutivos de vacaciones.

Por ejemplo, si el derecho a las vacaciones se origina el 31 de diciembre de 2019, estas prescribirán a partir del 31 de diciembre de 2023, que en ese caso perdería las del primer año y no tendría derecho a exigirlas.

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