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Corte garantiza derecho a lactar sin discriminación en espacios públicos y privados

El alto tribunal analizó las expresiones contenidas en la Ley 2306 de 2023 y en la Ley 1823 de 2017, donde solo se mencionaban términos como “mujer”, “madre” y “trabajadora”.

La Corte Constitucional, declaró que todas las personas en etapa de lactancia podrán amamantar en cualquier espacio público o privado sin ser discriminadas por su identidad de género. La decisión se tomó mediante la sentencia C-071 de 2025, en respuesta a una demanda que señalaba la exclusión de mujeres trans y personas no binarias en la legislación vigente.

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Derecho a lactar

El alto tribunal analizó las expresiones contenidas en la Ley 2306 de 2023 y en la Ley 1823 de 2017, donde solo se mencionaban términos como “mujer”, “madre” y “trabajadora”. Según la Corte, esto generaba una exclusión injustificada, afectando el derecho de ciertos grupos a ejercer la lactancia y el cuidado de la primera infancia en condiciones de dignidad y seguridad.

El fallo subraya que la falta de un lenguaje inclusivo en la normativa vigente producía un déficit de protección constitucional. En consecuencia, se determinó que todas las personas que lacten deben ser reconocidas bajo la misma protección legal, sin distinción de género o identidad.

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Ante esta decisión, la Corte reiteró que la norma deberá aplicarse a cualquier persona en etapa de lactancia, garantizando el acceso libre a espacios adecuados para ello. Así, se busca evitar cualquier tipo de discriminación y asegurar condiciones seguras para el ejercicio de esta práctica.

Finalmente, el tribunal declaró exequibles las expresiones analizadas, pero bajo el entendido de que su aplicación debe incluir a todas las personas lactantes. Con este pronunciamiento, se refuerza la igualdad de derechos y el respeto a la diversidad en el país.

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