Alejandro Lyons de la Espriella recupera su libertad tras cumplir condena
Alejandro Lyons de la Espriella, padre del exgobernador de Córdoba Alejandro Lyons Muskus, fue dejado en libertad tras cumplir más de cinco años de prisión por los delitos de lavado de activos y enriquecimiento ilícito. La decisión fue emitida por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Montería, que consideró el tiempo cumplido en prisión domiciliaria como parte de su condena.
Detalles del proceso judicial de Alejandro Lyons de la Espriella
El caso contra Alejandro Lyons de la Espriella inició en 2018, cuando la Fiscalía General de la Nación presentó pruebas que llevaron a su captura y medida de aseguramiento en establecimiento carcelario. Posteriormente, tras entregarse a las autoridades luego de un tiempo prófugo, obtuvo la sustitución de la medida a detención domiciliaria.
En un preacuerdo con la Fiscalía, Lyons de la Espriella aceptó su responsabilidad en los delitos imputados, lo que incluyó la devolución de cuatro bienes inmuebles valorados en $4.000 millones al Estado. Estos bienes fueron relacionados con el desfalco en la Gobernación de Córdoba, específicamente en los denominados carteles de regalías y hemofilia.
No obstante, la investigación sobre otros 11 bienes inmuebles, valuados en aproximadamente $9.736 millones, sigue en curso bajo procesos de extinción de dominio en juzgados especializados de Medellín.
Impacto social y reacciones
La liberación de Lyons de la Espriella, quien cumplió una condena de 66 meses de prisión, ha generado opiniones divididas en la comunidad. Mientras algunos celebran el avance en la recuperación de activos públicos, otros cuestionan el manejo de los procesos judiciales relacionados con la corrupción en Córdoba.
Cabe destacar que, en este caso, la Gobernación de Córdoba fue reconocida como víctima de las irregularidades, subrayando el impacto que estos actos de corrupción han tenido en los recursos destinados al desarrollo del departamento.
Con esta decisión, se abre nuevamente el debate sobre la efectividad de la justicia en los casos de corrupción y la necesidad de medidas más severas para evitar que situaciones similares sigan afectando la confianza en las instituciones públicas.
En la parte resolutiva, se establece:
PRIMERO: Declarar penalmente responsable a la ALEJANDRO EUGENIO LYONS DE LA ESPRIELLA, por los delitos de LAVADO DE ACTIVOS (Artículo 323 del C.P.); en concurso heterogéneo con el ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO DE PARTICULARES (Artículo 327 del C.P.) a título de autor y como consecuencia del preacuerdo celebrado.
SEGUNDO: Condénesele a la pena principal de sesenta y seis (66) meses de prisión y multa de cuatro mil trecientos cincuenta (4.350) salarios mínimos legales mensuales vigentes y como pena accesoria la de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, por un término igual al de la pena principal.
TERCERO: Concédase al sentenciado la libertad inmediata por pena cumplida, de acuerdo con lo motivado en la parte considerativa de esta sentencia.
CUARTO: Expídase por medio del Centro de Servicios Judiciales de esta ciudad la respectiva orden de libertad definitiva en favor del ciudadano, en razón de este proceso.
QUINTO: Ejecutoriada la presente decisión se dará la publicidad que la ley establece, y se remitirá el cuaderno al Centro de Servicios Judiciales para el Sistema Penal Acusatorio de esta ciudad, para su publicidad y su posterior remisión a los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad competentes.