Juzgado levanta suspensión de operaciones aéreas y fija nuevas condiciones cuando haya menores
Las operaciones aéreas de las Fuerzas Militares contra objetivos de grupos armados podrán continuar, pero tendrán que cumplir condiciones adicionales cuando exista información verificable sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes. Así lo determinó el Juzgado 34 de Familia de Bogotá al resolver de fondo una tutela relacionada con una operación realizada en Guaviare.
La decisión, emitida el 16 de septiembre, dejó sin efecto la medida cautelar que había suspendido temporalmente este tipo de operaciones en lugares donde se tuviera información sobre la presencia de menores. Sin embargo, el despacho estableció un estándar reforzado de precaución para la planeación y ejecución de futuras acciones.
El proceso judicial se originó por una tutela presentada por el abogado Ower Jimmy Borda Parra, luego de una operación realizada el 27 de agosto en El Retorno, Guaviare, en la que fallecieron tres adolescentes, según los registros citados en el proceso.
Entre las condiciones establecidas, el juzgado ordenó que, cuando exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de menores, las autoridades intensifiquen la verificación de inteligencia, evalúen alternativas operacionales menos lesivas y realicen un análisis concreto de proporcionalidad antes de ejecutar una operación.
El fallo también precisa que la sola presencia de un menor en un campamento o su vinculación con una estructura armada no lo convierte automáticamente en un objetivo legítimo. Su situación debe analizarse de manera individual, teniendo en cuenta las normas del Derecho Internacional Humanitario y su condición como posible víctima de reclutamiento.
De esta manera, la decisión judicial no establece una prohibición general de las operaciones aéreas, pero sí fija mayores exigencias de verificación, precaución y proporcionalidad cuando pueda existir presencia de menores de edad en las zonas donde se desarrollen.