¡Cuidado! Vapear en estos lugares de Colombia podría vaciarle el bolsillo
Con la aplicación de nuevas normas, vapear en espacios públicos, restaurantes, colegios o sistemas de transporte podría derivar en sanciones económicas de hasta $759.200
En Colombia, el uso de vapeadores y cigarrillos electrónicos dejó de estar en una “zona gris” y ahora tiene restricciones claras bajo la Ley 2354 de 2024. La norma equiparó muchas de las prohibiciones del cigarrillo tradicional con las aplicables al vapeo, especialmente en espacios públicos y lugares cerrados de acceso colectivo.
Entre los lugares donde ya no se puede vapear están colegios, universidades, clínicas, hospitales, restaurantes, oficinas públicas, escenarios deportivos y estaciones de transporte masivo. Las autoridades aseguran que la medida busca proteger a menores de edad y evitar la exposición de terceros a aerosoles, nicotina y otras sustancias químicas.
La regulación también endureció las normas sobre publicidad y comercialización de estos productos. Está prohibida la venta de vapeadores a menores de 18 años y los establecimientos que incumplan podrían enfrentar sanciones administrativas, investigaciones e incluso cierres temporales. Además, varios productos ya incluyen advertencias sanitarias similares a las de los cigarrillos tradicionales.

Quienes incumplan las restricciones podrían recibir multas de hasta 759.200 pesos, según disposiciones del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. El Ministerio de Salud insiste en que todavía no existe evidencia concluyente que permita considerar los vapeadores como productos completamente seguros para la salud.
