Corte Suprema declara culpable al congresista Modesto Aguilera por acto íntimo violento
La Corte Suprema de Justicia de Colombia declaró culpable al representante a la Cámara Modesto Enrique Aguilera Vides por el delito de acto sexual violento, luego de determinar su responsabilidad en una agresión sexual registrada en Barranquilla en el año 2020. La decisión judicial, dictada por la Sala Especial de Primera Instancia, estableció una condena de 102 meses de prisión (equivalentes a 8 años y 6 meses), además de la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas durante el mismo tiempo.
Deberá pagar 100 salarios mínimos de 2020 por daños morales a la víctima

La sentencia señala que el congresista elegido por el departamento del Atlántico, llevó a cabo actos sexuales sin el consentimiento de una mujer. De acuerdo con el expediente judicial, el hecho ocurrió luego de que la víctima fuera convocada a una supuesta reunión política en un hotel de Barranquilla, donde finalmente quedó a solas con Aguilera. El fallo establece que, una vez la sentencia quede en firme, se emitirá una orden de captura para que Aguilera cumpla la condena en prisión. Además, deberá pagar 100 salarios mínimos de 2020 por daños morales a la víctima y asumir los costos del proceso judicial.
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Con base en la reconstrucción de los acontecimientos realizada por la Corte, el acusado se abalanzó sobre la mujer, la sujetó por los hombros, le dio besos en el cuello y realizó tocamientos en los senos sin su consentimiento. Posteriormente se masturbó frente a ella, pese a la oposición expresada por la víctima. En la decisión final, la Corte Suprema estableció que la sanción debía ser de 102 meses de prisión, dentro del marco legal previsto para el delito de acto sexual violento, cuya pena va de 8 a 16 años de cárcel. Asimismo, la Sala negó al condenado la posibilidad de acceder a beneficios como la suspensión condicional de la pena o la prisión domiciliaria. La decisión todavía puede ser recurrida ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema, según la legislación vigente.
