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¡Prima de diciembre! Plazos, derechos y qué hacer si el empleador no paga a tiempo

La prima de servicios de diciembre es mucho más que un alivio económico de fin de año: es un derecho laboral obligatorio en Colombia. Este ingreso, clave para millones de hogares, permite cubrir gastos esenciales, saldar deudas o afrontar la temporada decembrina con mayor tranquilidad. La ley es clara: su pago no depende de la voluntad del empleador ni de la situación financiera de la empresa, sino que está consagrado en el Código Sustantivo del Trabajo como una prestación social irrenunciable.

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Prima
Imagen- Freepik. Hombre con dinero en las manos.

De acuerdo con el artículo 306, todo trabajador con vínculo laboral dependiente tiene derecho a una prima equivalente a 30 días de salario por año, pagada en dos cuotas. La primera debe consignarse a más tardar el 30 de junio y la segunda, correspondiente al segundo semestre, debe pagarse máximo el 20 de diciembre. En 2025, esta fecha se mantiene sin cambios y no son válidas excusas como cierres administrativos, vacaciones colectivas o dificultades internas de la empresa.

Prima de diciembre

El derecho a la prima no se limita a empleados de oficina o contratos a término indefinido. También cobija a trabajadores del servicio doméstico, conductores de servicio familiar, trabajadores rurales, empleados por días y, en general, a cualquier persona que tenga una relación laboral subordinada. La modalidad del trabajo o el tipo de actividad no elimina esta obligación legal.

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Imagen- Freepik. Hombre con dinero en las manos.

Si el empleador no paga la prima antes del plazo establecido, el primer paso es intentar una conversación directa para aclarar la situación. Si no hay respuesta, el trabajador puede acudir al Ministerio del Trabajo para recibir orientación y solicitar una conciliación. De persistir el incumplimiento, es posible presentar una demanda ante un juez laboral. Además, la ley contempla el pago de intereses moratorios por cada día de retraso, calculados con base en la tasa definida por el Banco de la República, lo que significa que entre más se demore el pago, mayor será el valor que deberá recibir el trabajador.

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