CRC niega alocución presidencial de Petro por no cumplir criterios de urgencia
El alto tribunal estableció que las alocuciones deben cumplir criterios estrictos: tratar situaciones de urgencia, no ser recurrentes en la semana, estar limitadas a un tema específico y a un tiempo determinado, y no ser retransmisiones de discursos anteriores.
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), informó que negó la autorización para la emisión de una alocución presidencial solicitada por el presidente Gustavo Petro. La decisión se basa en lo ordenado por el Consejo de Estado, que el pasado 16 de septiembre resolvió tutelas relacionadas con el uso de estas intervenciones en medios de comunicación.
Alocución presidencial de Petro
El alto tribunal estableció que las alocuciones deben cumplir criterios estrictos: tratar situaciones de urgencia, no ser recurrentes en la semana, estar limitadas a un tema específico y a un tiempo determinado, y no ser retransmisiones de discursos anteriores. Los accionantes argumentaron que la transmisión indiscriminada de estos mensajes vulnera el derecho de los ciudadanos a elegir libremente la información que consumen.
Al evaluar la solicitud de la Presidencia, la CRC determinó que la alocución propuesta cumplía con la no recurrencia y la limitación temporal, pero no respondía a una situación urgente ni excepcional, por lo que no justificaba interrumpir la programación televisiva. La entidad aclaró que la decisión no limita la libertad del mandatario ni sus funciones como jefe de Estado.
En respuesta, el presidente Petro criticó la decisión a través de su cuenta de X, señalando que la CRC no tiene la potestad para definir qué circunstancias califican como urgentes y cuestionó la interpretación de los criterios establecidos por el Consejo de Estado.