Nacional

Consejo de Estado ratifica nulidad del nombramiento del embajador de Colombia en México

El Consejo de Estado confirmó la nulidad del nombramiento de Álvaro Moisés Ninco Daza como embajador de Colombia en México, una decisión que lo deja definitivamente fuera del cargo. Este fallo resuelve un recurso interpuesto contra la decisión inicial del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que había invalidado el nombramiento de Ninco Daza.

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Omisión de plazos y comentarios sindicales lleva a la nulidad del nombramiento

El Tribunal, al revisar el recurso, concluyó que durante el proceso de nombramiento no se tuvieron en cuenta los comentarios presentados por el sindicato Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular (UNIDIPLO) y que tampoco se cumplió con el plazo legal de tres días para la publicación de la hoja de vida del candidato, antes de su designación oficial.

Según el pronunciamiento, “no se evaluaron los comentarios presentados por el sindicato Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular, y no se cumplió con el término de los tres días calendario para la publicación de la hoja de vida del candidato, antes de proferirse la designación de Ninco Daza”. Esta omisión también fue destacada por la Sala Electoral del Consejo de Estado, que señaló una violación al derecho de participación ciudadana, ya que no se realizó una evaluación previa de las observaciones presentadas por UNIDIPLO respecto al nombramiento propuesto por el presidente Gustavo Petro.

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Nombramiento embajador Álvaro Moisés Ninco Daza

Además, aunque el Tribunal Administrativo había señalado la falta de experiencia necesaria por parte de Ninco Daza para ocupar el cargo, los magistrados de primera instancia consideraron que se aplicó correctamente la compensación excepcional de requisitos. No obstante, el fallo final del Consejo de Estado ratifica que no procede ningún recurso adicional, lo que sella la salida de Ninco Daza del cargo de embajador.

Esta decisión pone fin a un proceso polémico, subrayando la importancia de cumplir con los procedimientos legales y la participación ciudadana en nombramientos de alta relevancia.

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