Córdoba

Acciones prohibidas dentro de los colegios que son puestos de votación

El Ministerio del Interior emitió el Decreto 1702, con fecha del 19 de octubre de 2023, donde se establecieron una serie de normativas para el proceso eleccionario que se desarrolla hoy domingo, 29 de octubre, las cuales se deben cumplir dentro y fuera de los puntos de votación.

Publicidad

Uno de los artículos que debe respetarse es el 7, el cual establece que queda terminantemente prohibido uso de celulares y cámaras en los colegios de votación.

“Durante la jornada electoral no podrán usarse no podrán usarse, dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de vídeo entre las 8:00 de la mañana y las 4:00 de la tarde, salvo los medios de comunicación que deseen participar, previa coordinación con la Registraduría Nacional del Estado Civil”, se lee en el artículo.

Publicidad

Solo se permitirá el teléfono en caso de que el votante vaya a mostrar su cédula de manera digital. Los testigos tampoco pueden hacer uso de los referidos equipos mientras las mesas de votaciones estén abiertas.

Se permite el uso del teléfono una vez estén listas las actas de escrutinios para que los testigos, partidos políticos, grupos significativos de ciudadanos y promotores del voto en blanco, puedan realizar la respectiva fotografía al documento.

 

Publicidad
Lee también: