¿La hora del almuerzo cuenta como jornada laboral? Esto dice la ley en Colombia
Desde hoy 15 de julio, Colombia implementó oficialmente la jornada laboral máxima de 42 horas semanales, un cambio que ha generado dudas entre trabajadores y empleadores, especialmente sobre si la hora de almuerzo hace parte del tiempo laborado.
La respuesta es no. De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo y la Ley 2101 de 2021, el tiempo destinado al almuerzo corresponde a una pausa de descanso y recuperación, por lo que no se considera tiempo efectivo de trabajo ni hace parte de la jornada laboral remunerada.
Esto significa que el periodo de almuerzo no puede utilizarse para completar o compensar la reducción de la jornada laboral, que desde este 15 de julio pasó de 44 a 42 horas semanales.
La nueva jornada podrá distribuirse entre cinco o seis días a la semana, previo acuerdo entre empleador y trabajador, respetando siempre el día de descanso obligatorio y las condiciones establecidas por la ley.
Con este cambio, el Ministerio de Trabajo reiteró que, aunque disminuye el número de horas que puede laborar un trabajador durante la semana, la pausa para el almuerzo mantiene su carácter de descanso y continúa por fuera del tiempo remunerado.