Consejo de Estado ratificó límites a las eternas alocuciones de Petro
Como parte de la decisión, se establecieron reglas claras: no podrá haber más de una alocución por semana, la Presidencia deberá justificar su urgencia, definir con anticipación el tema y precisar los tiempos de transmisión ante la CRC.

El Consejo de Estado ratificó en segunda instancia el fallo de tutela que ordena regular y limitar las alocuciones del presidente Gustavo Petro, al considerar que se ha hecho un uso inadecuado de estas transmisiones. La decisión rechaza las impugnaciones de la Presidencia, RTVC y la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).

Eternas alocuciones de Petro
El alto tribunal concluyó que el Gobierno vulneró el derecho al pluralismo informativo, al no cumplir con criterios de urgencia, temática y frecuencia en las intervenciones. El proceso surgió tras acciones de tutela impulsadas por el estudiante Samuel Ortiz y el fallecido Miguel Uribe Turbay.
Como parte de la decisión, se establecieron reglas claras: no podrá haber más de una alocución por semana, la Presidencia deberá justificar su urgencia, definir con anticipación el tema y precisar los tiempos de transmisión ante la CRC.
Además, la Comisión deberá vigilar el cumplimiento de estas condiciones y emitir informes públicos tras cada intervención. En caso de incumplimiento, podrá impedir la emisión de la alocución presidencial.
Tras conocerse el fallo, el presidente Petro reaccionó señalando que la decisión limita el acceso directo a la información sin intermediarios, reabriendo el debate sobre el uso de los medios y la relación entre el Gobierno y la televisión nacional.
