Rechazan tutela de Daniel Quintero que buscaba habilitar su inscripción presidencial
Quintero argumentó que su inscripción en la consulta interpartidista del 26 de octubre de 2025 ocurrió por decisión autónoma del Pacto Histórico, amparada inicialmente por una medida cautelar del Tribunal Superior de Bogotá.
El Juzgado 18 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá declaró improcedente la tutela presentada por el exalcalde de Medellín Daniel Quintero Calle, con la que pretendía que la Registraduría Nacional permitiera su inscripción presidencial mediante un comité de firmas. El exmandatario alegaba vulneración de sus derechos políticos, de igualdad y de acceso a cargos públicos.

Tutela de Daniel Quintero
Quintero argumentó que su inscripción en la consulta interpartidista del 26 de octubre de 2025 ocurrió por decisión autónoma del Pacto Histórico, amparada inicialmente por una medida cautelar del Tribunal Superior de Bogotá. Esa medida fue posteriormente revertida, por lo que, según él, también debía anularse su participación en la consulta, ya que no pertenece a ninguno de los partidos que lo postularon. Además, insistió en que la negativa de la Registraduría a inscribir el comité ciudadano “Reset total contra el narco y los corruptos” le impedía recolectar firmas dentro de los plazos establecidos.
Frente a los argumentos del demandante, la Registraduría respondió que actuó conforme a la ley, al considerar que la inscripción de Quintero fue realizada legítimamente por partidos con personería jurídica en nombre del Pacto Histórico. La entidad recordó que los plazos para renunciar o modificar candidaturas ya habían vencido y que la participación del exalcalde en la consulta quedó en firme.
De acuerdo con la Registraduría, esa participación en la consulta interpartidista genera una inhabilidad electoral según lo establecido en la Ley 1475 de 2011, impidiendo que Quintero busque otra vía de inscripción para la contienda presidencial de 2026. Por ello, sostuvo que no existió vulneración de derechos fundamentales ni irregularidades en su actuación administrativa.
Con esta decisión judicial, se ratifica que Daniel Quintero no podrá inscribirse como candidato presidencial por vía de tutela y deberá someterse a los tiempos y requisitos ordinarios del calendario electoral, sin opción de acudir a un comité de firmas para buscar su aspiración.
