Corte Constitucional prohibió las cabalgatas, corridas de toros y peleas de gallos en Colombia

#Nacional | Corte Constitucional prohibió las cabalgatas, toros coleados y peleas de gallos en Colombia
La Sala Plena de la Corte Constitucional tomó una de las decisiones más trascendentales en materia de protección animal en el país: declaró ajustada a la Constitución la Ley 2385 de 2024, norma que prohíbe de manera definitiva las corridas de toros, el rejoneo, las novilladas, becerradas y tientas.
El alto tribunal fue más allá de lo aprobado inicialmente por el Congreso y determinó que también quedan prohibidas las cabalgatas, los toros coleados, las corralejas y las peleas de gallos, al declarar inexequible el parágrafo 4 del artículo 3 de la ley, que los excluía de esta restricción.
La ponencia, a cargo del magistrado Miguel Polo Rosero, fundamentó la decisión en el mandato constitucional de protección y bienestar animal, considerando que estas prácticas implican maltrato.
Sin embargo, la Corte estableció que los efectos de esta prohibición se aplicarán de manera diferida durante tres años, con el fin de dar tiempo a la reestructuración laboral y cultural de quienes dependen económicamente de estas actividades.
Durante el estudio, el tribunal evaluó el impacto fiscal de la medida, así como su relación con la diversidad cultural, el patrimonio de la Nación, el libre desarrollo de la personalidad, la libertad de expresión, los derechos adquiridos y la propiedad privada.
Con esta decisión, Colombia avanza hacia un cambio cultural que redefine el trato a los animales y pone fin a prácticas tradicionales que, por décadas, estuvieron en el centro de intensos debates sociales y jurídicos.