Nacional

Niegan prisión domiciliaria a ‘Epa Colombia’ y ratifican condena de 5 años de prisión

La Corte Suprema de Justicia ya ratificó la condena de 5 años y 3 meses contra Daneidy Barrera Rojas, conocida en redes sociales como “Epa Colombia”. El alto tribunal confirmó que la creadora de contenido deberá pagar su pena en un centro carcelario y no podrá obtener el beneficio de prisión domiciliaria, como lo había pedido su defensa.

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Barrera fue imputada por los delitos de perturbación al servicio de transporte público, instigación a delinquir con fines terroristas y daño en bien ajeno, luego de grabarse y publicar un video en el que destruía con un martillo la infraestructura de una estación de TransMilenio durante las protestas sociales del 2019.

“Ratificar la negación a Daneidy Barrera Rojas de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria”, señala el fallo de la corte revelado por el diario El Tiempo. Además, resalta que “Epa Colombia” ya aceptó de forma voluntaria y consciente los cargos.

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¿El resultado final del fallo? Barrera fue condenada a 63 meses de prisión, una importante multa y la prohibición de ejercer como influencer o youtuber durante el tiempo de su condena. Esto significa que no podrá crear contenido ni beneficiarse económicamente de él durante la pena.

Según reveló Blu Radio, el fallo se basó en cuatro puntos clave: que Barrera utilizó sus redes sociales y su popularidad para promover actos vandálicos, que es un delito. Segundo, que los destrozos que ocasionó se estimaron en más de 1.200 millones de pesos.

En tercer lugar, la Corte advirtió que “Epa Colombia” hizo un uso irresponsable de redes sociales al incitar a sus seguidores a cometer delitos y, finalmente, el alto tribunal consideró la creación de ese contenido como un posible lucro económico.

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