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Tribunal exonera a Miguel Polo Polo de retractarse tras polémica con víctimas de ‘falsos positivos’

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá revocó el fallo emitido el 5 de diciembre de 2024 por el Juzgado 30 Civil del Circuito, que amparaba los derechos de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”. La nueva decisión, emitida el 22 de enero de 2025, declaró improcedente la acción de tutela presentada por Daniel David Martínez Avilez y Raymundo Francisco Marenco Boekhoudt en contra del congresista Miguel Abraham Polo Polo.

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La tutela había sido promovida por Martínez Avilez, como agente oficioso de las víctimas, y Marenco Boekhoudt, en nombre propio. Ambos denunciaron que Polo Polo vulneró los derechos de las víctimas al destruir y descalificar públicamente una obra simbólica conocida como “Madres con las botas bien puestas”, elaborada por la Asociación de Madres de Falsos Positivos (MAFAPO). En el video que generó controversia, Polo Polo calificó las botas de la obra como algo que “debe estar en el canasto de la basura”, lo que, según los accionantes, revictimizó a las madres y afectó la memoria histórica.

El Tribunal Superior argumentó que el caso no cumplió con los requisitos de subsidiariedad ni legitimación por activa. Señaló que los accionantes no agotaron mecanismos legales previos, como solicitar una rectificación, y que no se probó que las víctimas estuvieran impedidas de actuar directamente. Además, se concluyó que Marenco Boekhoudt no tenía legitimidad, ya que no era víctima directa ni familiar de alguna de las afectadas. También se determinó que no existía un perjuicio irremediable que justificara la acción de tutela.

El Tribunal cuestionó incoherencias en la sentencia inicial, como ordenar medidas de reparación a favor de MAFAPO, pese a que esta organización no figuraba como accionante directa. Además, aclaró que la tutela no es un mecanismo para obtener rectificaciones de declaraciones y debe emplearse solo en casos donde no existan otros medios de defensa legales. Estas inconsistencias llevaron a revocar las órdenes de disculpas públicas, reconstrucción de la obra y restitución en la Plaza Núñez de Bogotá.

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Finalmente, el Tribunal resolvió revocar la sentencia inicial y declaró la improcedencia del amparo reclamado. El expediente será remitido a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Por su parte, Miguel Polo Polo celebró la decisión y defendió su acto como una expresión política legítima. Aseguró que su video buscaba cuestionar el uso político de cifras sobre los “falsos positivos” y no negar la existencia de las víctimas, sino promover un debate sobre la verdad histórica.

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