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Estos son los 16 delitos electorales que darían cárcel a quien los cometa

Este 29 de octubre son las elecciones de gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles.

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De nuevo el país se sumerge en una jornada democrática, donde los ciudadanos deben escoger libremente a sus representantes.

El Consejo Nacional Electoral dio a conocer cuáles son los delitos electorales que dan cárcel y que van en contra de la democracia del país:

  • Perturbación del certamen democrático (artículo 386 del Código Penal Colombiano)
  • Constreñimiento al sufragante (artículo 387)
  • Fraude al sufragante (artículo 388)
  • Fraude en inscripción de cédulas (artículo 389)
  • Elección ilícita de candidatos (artículo 389A)
  • Corrupción de sufragante (artículo 390)
  • Tráfico de votos (artículo 390A)
  • Voto fraudulento (artículo 391)
  • Favorecimiento de voto fraudulento (artículo 392)
  • Mora en la entrega de documentos relacionados con una votación (artículo 393)
  • Alteración de resultados electorales (artículo 394)
  • Ocultamiento, retención y posesión ilícita de cédula (artículo 395)
  • Denegación de inscripción (artículo 396)
  • Financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas (artículo 396 A)
  • Violación de los topes o límites de gastos en las campañas electorales (artículo 396 B)
  • Omisión de información del aportante (artículo 396 C)
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