Córdoba

Invasores de terreno de la Gobernación podrían ser sancionados

Hace 8 meses fue invadido y desalojado el predio denominado Abisinia, ubicado en el Instituto Técnico Agrícola de Loria – ITAL, el cual es propiedad de la gobernación de Córdoba. Situación que se ha vuelto recurrente.

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Hoy nuevamente este lote fue invadido por un grupo significativo de personas, por lo que el secretario del Interior y Participación ciudadana de Córdoba, Jairo Baquero Puentes, hizo un llamado a la opinión pública del municipio de Lorica para que se abstengan d hacer cualquier negociación al respecto y a los invasores para que desalojen voluntariamente la propiedad.

Recordemos que el pasado 23 de abril, nuevamente personas inescrupulosas ocuparon el terreno, perturbando así la posesión de la propiedad y quebrando el orden y la legislación penal consagrada en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

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“Estos hechos perturban e irrumpen la posesión del terreno, convirtiéndose en una acción ilícita de las personas que se han apropiado del mismo, así como el loteo y la distribución y la venta ilícita a terceros, además de generarse conductas penales por la quema de la vegetación, la tala indiscriminada y erradicación de árboles, además, impide el normal desarrollo de las actividades escolares del  ITAL, afectando el normal desarrollo de la jornada escolar y vulnerando el derecho constitucional a la educación de niños, niñas y adolescentes, así como el derecho al trabajo de los docentes, directivos administrativos de dicha institución”, dijo el funcionario departamental.

Baquero Puentes, indicó además que, frente a los hechos, las autoridades judiciales y de la policía, tienen conocimiento y autoridad para adelantar los procesos correspondientes, los cuales se encuentran en trámite, con el fin de sancionar a los responsables de los mismos conforme a la ley.

“Las medidas exhortan a los ciudadanos de bien del municipio de Lorica, de abstenerse a perturbar la posesión del predio Abisinia de la Gobernación, pues podrían incurrir en multas y sanciones contempladas en la Ley 1801 del 2016 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia, y la Ley 599 del 2000 del Código Penal Colombiano, asì como las demás normas concordantes vigentes”.

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