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Corte Constitucional declara urgencia nacional para estudiar las demandas contra la Ley de Garantías

La Corte Constitucional declaró la urgencia nacional para estudiar rapidamente las demandas contra la Ley de Presupuesto aprobada en el Congreso en el tema puntual de la Ley de Garantías.

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El alto tribunal votó la ponencia del magistrado Jorge Ibáñez que tuvo seis votos a favor y tres en contra.

Inicialmente la magistrada Diana Fajardo (que es la ponente del caso como tal) pedía la suspensión de la norma. Esta propuesta tuvo solo tres votos.

Los magistrados no tomaron ninguna decisión adicional como alguna medida cautelar o la vigencia de la norma que se encuentra en curso y solo acude a la declaratoria de urgencia nacional.

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En enero la Corte admitió para su estudio 21 de las 42 demandas que para ese momento se habían presentado en contra de la reforma legal que suspendió la aplicación de la Ley de Garantías durante la vigencia de 2022, y que fue aprobada ad portas de los comicios al Congreso y a la Presidencia de la República.

Se trata del artículo 124 de la Ley 2159 de 2021 que decretó el presupuesto para este año y que permite a la Nación celebrar convenios interadministrativos con las entidades territoriales para ejecutar programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General “con el propósito de promover la reactivación económica”.

La reforma, criticada por diversos sectores políticos, tenía 42 demandas tanto por congresistas como por abogados, organizaciones, entre otros, que alegan en términos generales que dicha reforma debió haberse tramitado en una ley estatutaria; que es un ‘mico’ porque no tiene relación con el resto del contenido de la ley de presupuesto; que se votó sin las mayorías requeridas y que se desconoció el principio democrático.

Las demandas también aseguran que la reforma es inconstitucional porque afectó el sistema de frenos y contrapesos, y porque habría abierto la puerta a “favorecer a algunos sectores políticos y hasta para financiar la compra de votos en algunas regiones del país”.

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También se alega que el presidente Iván Duque habría desacatado una orden judicial al firmar la ley en vez de objetarla, y que se trata de una reforma que solo rige para 2022, que solo permite la intervención posterior de la Contraloría, entre otros. Y algunas de ellos piden la suspensión de esta disposición como medida cautelar, así como que el trámite se de en la Corte como “urgencia nacional”.

Todas las acciones presentadas contra este artículo fueron acumuladas en un solo expediente, el encabezado por el senador Roy Barreras, y quedaron a cargo de la magistrada Diana Fajardo. En un auto de 34 páginas el despacho había considerado que antes de entrar a revisar las peticiones de medida cautelar, debía pronunciarse sobre la admisión.

En ese sentido, la Corte admitió de manera integral las demandas presentadas por Barreras, Álvaro Garro Parra, el senador Iván Cepeda Castro y otros; y la de Juan Manuel López Molina.

Tomado de: El Tiempo.

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