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Ley anula los  castigos físicos contra menores de edad

Desde este martes queda prohibido el castigo físico a los niños en Colombia, gracias a una ley que el Senado aprobó en último debate del día.

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La iniciativa, de autoría de los representantes Julián Peinado y Harry González, busca que se prohíba de tajo cualquier castigo físico contra los niños y niñas. Para este fin se establece que los padres tienen el derecho a educar, criar y corregir a sus hijos, pero que el único límite es el “uso del castigo físico, tratos crueles, humillantes o degradantes y cualquier tipo de violencia”.

Según el articulado, “la prohibición se extiende a cualquier otra persona encargada de su cuidado, en cada uno de los diferentes entornos en los que transcurre la niñez y la adolescencia”. No obstante, aunque es una prohibición, no se entra a castigar esta práctica, pues solo se incluye su rechazo en el código civil.

De esta forma, se reformaría el artículo 262 del código civil para que quede de la siguiente manera: “Las familias, los padres, las personas encargadas del cuidado personal de los niños, niñas y adolescentes o quienes tengan su representación legal, tendrán la facultad de vigilar su conducta, corregirlos y sancionarlos. Queda prohibido el uso del castigo físico, los tratos crueles, humillantes o degradantes y cualquier tipo de violencia como método de corrección, sanción o disciplina”.

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El proyecto no contempla ningún tipo de sanción o acción penal en contra de los que incurran en castigos físicos. Es más, la iniciativa deja claro que el castigo físico y los tratos crueles o humillantes “no serán causal de pérdida de la patria potestad o de la custodia, ni causal para procesos de emancipación”. Sin embargo, esta figura solo se aplica si dichos actos no son reiterativos y “no afecta la salud mental y física” del menor de edad.

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