Tribunal revocó tutela y anuló sanción contra el rector de Unicórdoba por caso de información reservada
El Tribunal Superior de Montería dejó sin efectos la tutela que ordenaba entregar información laboral detallada de docentes y administrativos de la Universidad de Córdoba, y además anuló la sanción de arresto y multa que había sido impuesta al rector Jairo Torres Oviedo. La decisión respalda la protección de datos personales y pone fin al proceso judicial en segunda instancia.
El Tribunal Superior de Montería revocó el fallo de tutela que había sido emitido contra la Universidad de Córdoba y, en consecuencia, anuló la sanción de cinco días de arresto y una multa de cinco salarios mínimos que había sido impuesta al rector Jairo Torres Oviedo dentro de un incidente de desacato.
El caso se originó luego de que un ciudadano solicitara, mediante un derecho de petición, información detallada sobre docentes y funcionarios administrativos, incluyendo salarios individuales, prestaciones sociales, bonificaciones, tipo de vinculación, cesantías, duración de contratos y otros datos laborales.
Aunque la Universidad entregó la información considerada pública y disponible conforme a la normativa vigente, negó el acceso a datos personales e individuales al considerar que se trataba de información sensible cuya divulgación podría afectar la privacidad y seguridad de los trabajadores.
Inconforme con la respuesta, el solicitante presentó una acción de tutela. En primera instancia, un juez ordenó a la institución suministrar la totalidad de la información requerida en un plazo de 48 horas. Posteriormente, al considerar que la orden no había sido cumplida, promovió un incidente de desacato que derivó en una sanción contra el rector.
La Universidad apeló ambas decisiones y el caso llegó al Tribunal Superior de Montería, que concluyó que la actuación de la institución se ajustó al marco legal. En sus fallos, revocó la tutela y dejó sin efectos la sanción impuesta contra el rector.
Tras conocerse la decisión, Jairo Torres Oviedo aseguró que el proceso siempre estuvo encaminado a proteger los derechos de los funcionarios de la universidad y reiteró que nunca estuvo privado de la libertad, aunque afirmó que habría asumido esa consecuencia antes que permitir la divulgación de información reservada de la comunidad universitaria.
Con esta decisión, el Tribunal respaldó la protección de los datos personales frente a solicitudes de acceso a información pública y marcó un precedente sobre los límites entre el derecho de petición y el derecho a la privacidad de los servidores públicos.