
El Deportivo Independiente de Medellín no solo perdió los puntos por no asistir al estadio Jaraguay para enfrentar a Jaguares, también podría ser sancionado por el Artículo 83 (Infracciones sancionables con derrota por retirada o renuncia), que contempla además otras sanciones por parte del ente regulador del balompié nacional.
El documento del Código Único Disciplinario de la FCF constituye infracción de los clubes, sancionable con multa de 20 salarios legales mínimos vigentes, al momento de la infracción y derrota por retirada o renuncia.
El ítem L refiere sanción a: “Al club, selección municipal o departamental que sin justa causa no presentare su equipo en la cancha a la hora programada oficialmente y por esta causa no se realizare el partido”.
Si el club responsable fuere visitante pagará al local los perjuicios económicos que fije la Comisión Disciplinaria, de acuerdo con las pruebas presentadas y sin perjuicio de las demás sanciones que le puedan corresponder.
Con información de Víctos De Fexx