Enseñar derecho es enseñar a argumentar
Durante décadas, formar en Derecho se ha entendido como la transmisión de normas, códigos, conceptos, procedimientos y clasificaciones jurídicas (Baltodano, 2023; Delgado, 2020; Turull y Font, 2025). Bajo esta concepción, el buen estudiante sería aquel que demostrase la capacidad de repetir con precisión el contenido de la norma.
Sin embargo, conocer dicho contenido no necesariamente significa comprender y aprender Derecho. Pues las disposiciones jurídicas no hablan por sí solas, necesitan ser interpretadas, relacionadas con los hechos y aplicadas a situaciones humanas complejas. De hecho, una misma norma puede dar lugar a diferentes interpretaciones cuando cambian las circunstancias del caso, los derechos involucrados o los argumentos presentados. Por tal razón, la formación jurídica no debería limitarse a enseñar respuestas, también podría preparar a los estudiantes para construirlas, examinarlas y justificarlas, no repetirlas porque así lo dijo un profesor.
El problema no está en estudiar las leyes, pues un abogado debe conocer el ordenamiento jurídico. La dificultad aparece cuando la norma se convierte en el punto de llegada de la enseñanza y no en el punto de partida para analizar problemas. Un profesional puede citar correctamente un artículo y, al mismo tiempo, ser incapaz de explicar porqué resulta aplicable, cuáles son sus límites o qué consecuencias tendría la decisión que pretende sustentar.
Según Atienza (2016), la práctica del Derecho consiste fundamentalmente en argumentar. Entonces, enseñar Derecho implica formar habilidades para interpretar, argumentar, deliberar y justificar o decidir racionalmente. Ahora bien, esto exige transformar las prácticas del aula, en razón de que las clases expositivas pueden ser útiles para presentar determinados contenidos, pero resultan insuficientes si no se complementan con el estudio de casos, la formulación de problemas, el debate razonado, la escritura argumentativa y la evaluación crítica de las decisiones jurídicas.
Por lo anterior, debemos preguntarnos:
¿Qué clase de jurista queremos formar?
Si aspiramos únicamente a preparar profesionales que dominen procedimientos (instrumentalistas del derecho), probablemente bastará con transmitir información técnica. Pero si, por el contrario, esperamos abogados capaces de comprender los conflictos sociales, defender los derechos y contribuir a la realización de la justicia, será necesario integrar los conocimientos jurídicos con la capacidad de argumentar y controvertir racionalmente.
Con esto se propone también otra mirada del docente, pues su tarea ya no consistiría solamente en proporcionar contenidos, sino en orientar al estudiante para que pueda seleccionar fuentes confiables, identificar supuestos, reconocer argumentos débiles y construir posiciones razonables.
Renovar la enseñanza del Derecho no significa abandonar la tradición jurídica ni reemplazar el rigor conceptual por actividades improvisadas. Significa reconocer que el conocimiento disciplinar necesita una organización didáctica coherente con la manera en que el Derecho se interpreta, se argumenta y se practica.
Al final, la calidad de una facultad de Derecho no debería medirse únicamente por la cantidad de normas que aprenden sus estudiantes, sino por la capacidad de pensar, argumentar y comprender jurídicamente.
Referencias bibliográficas
Atienza, M. (2016). Curso de argumentación jurídica. Editorial Trotta.
Baltodano Mayorga, J. D. (2023). Análisis guiado de sentencias mediante aprendizaje colaborativo: una estrategia para el desarrollo del razonamiento jurídico. Revista Ensayos Pedagógicos, 18(1), 129-151.
Delgado Rodríguez, P. A. (2020). La educación jurídica en Colombia: transformaciones y tendencias recientes. Revista Jurídica de Investigación e Innovación Educativa (REJIE Nueva Época), (23), 83-99.
Turull, M., & Font, A. (2025). Didáctica del Derecho: Manual para la mejora de la enseñanza jurídica (Vol. 74). Narcea Ediciones.