
La presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Doris Ruth Méndez, instaló el primer comité de seguimiento electoral para la implementación del Acto Legislativo 02 de 2021, por la cual se crean las 16 curules transitorias especiales de paz en la Cámara de Representantes.
Desde la ciudad de Montería, las entidades del Orden Nacional como la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Ministerio del Interior, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Fiscalía General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Unidad Nacional de Victimas y la Unidad Nacional de Protección, entre otras, dieron a conocer las actividades que cada una de ellas viene adelantando para la implementación de este acto legislativo, así como sus compromisos como garantes de la democracia.
En este sentido, Méndez aseguró que desde el CNE se continuará trabajando articuladamente para asegurar que este proceso electoral, en el que participarán centenares de víctimas del conflicto armado de los municipios más golpeados por la violencia, se realice bajo tres pilares fundamentales: la protección, la promoción y las garantías electorales.
Asimismo, se dio a conocer un paquete de resoluciones que regulan algunas de las actividades que se realizan dentro del proceso electoral:
– Se fijan los límites a los montos de gastos de las campañas electorales, los valores máximos que cada organización puede invertir en ellas y el valor de reposición por voto válido.
– Se regula el reporte de gastos en la recolección de firmas de candidaturas por parte de los grupos significativos de ciudadanos.
– Se define el número máximo de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso y se adoptan medidas para garantizar la inspección, vigilancia y control a la propaganda electoral de las campañas políticas.
– Se regula y establece el procedimiento para el manejo de las donaciones realizadas a través del Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales.
– Se establece el procedimiento para el registro de libros contables, la presentación de informes de ingresos y gastos de campañas electorales y la reposición de gastos de campaña.
– Se regulan aspectos relativos a los anticipos de la Financiación Estatal.